Residencia en España
Solicitudes de residencia más comunes
Si usted desea permanecer en España por más de 90 días o de manera indefinida, deberá obtener antes de venir a España una autorización de residencia. Estas autorizaciones varían según el objetivo de su residencia en España:
- Residencia no lucrativa.
- Hijo de residente legal nacido en España.
- Hijo extranjero no nacido en España, de español, o residente legal, o sujeto a tutela.
- Renovación de autorización temporal de residencia no lucrativa
- Arraigo laboral.
- Arraigo social.
- Arraigo familiar.
- Protección internacional, Extranjeros desplazados, Familiares de asilados, Razones humanitarias, Colaboración con las Autoridades, Interés público o Seguridad nacional.
- Menores tutelados que al llegar a la mayoría de edad no obtuvieron autorización de residencia.
- Renovación de autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales.
- Autorización de residencia permanente.
Documentación necesaria para cada caso específico de solicitud de residencia:
Residencia no lucrativa:
- Copia del pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o de procedencia.
- Certificado médico oficial.
- Documentos que acrediten medios de vida suficientes para el periodo de residencia que se solicita, incluyendo en su caso, los de su familia.
Hijo de residente legal nacido en España (art. 94.1):
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Certificado de nacimiento o libro de familia.
- Documentación acreditativa de parentesco con residente legal.
- Autorización de residencia de padre o madre.
Hijo extranjero no nacido en España, de español, o residente legal, o sujeto a tutela (art. 94.2):
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Documentación acreditativa del parentesco con español o residente legal, o tutela con ciudadano, o institución.
- D.N.I. o autorización de residencia del padre o madre, o tutela legal de la entidad.
- Documentación acreditativa de permanencia continuada en España durante un mínimo de dos años.
- Documentación acreditativa de que los padres o tutores cuenten con medios de vida y alojamiento, en su caso.
- Documentación acreditativa de matriculación en centro de enseñanza y asistencia regular, en su caso.
Renovación de autorización temporal de residencia no lucrativa:
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Documentos que acrediten medios de vida suficientes para el periodo de residencia que se solicita, incluyendo en su caso, los de su familia.
- Seguro médico.
Arraigo laboral (art. 45 2 a):
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o de procedencia.
- Documentos que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años.
- Resolución judicial o resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que reconozca existencia de relación laboral no inferior a 1 año.
Arraigo social (art. 45 2 b) :
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o de procedencia.
- Documentos que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años.
- Contrato de trabajo firmado, en el momento de la solicitud, por el trabajador y empresario con duración no inferior a un año o acreditación de medios de vida.
- Documentos que acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes (cónyuge, ascendientes o descendientes en línea directa) o informe de inserción social emitido por el Ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual.
Arraigo familiar (art. 45 2 c)
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o de procedencia.
- Documentos que acrediten el vínculo familiar.
- Documentos que acrediten que el padre o la madre han sido originariamente españoles.
Protección internacional, Extranjeros desplazados, Familiares de asilados, Razones humanitarias, Colaboración con las Autoridades, Interés público o Seguridad nacional:
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o de procedencia.
- Documentos que acrediten la concurrencia de algunos de los supuestos mencionados (en los supuestos en los que se alegue la concurrencia de razones humanitarias: sentencia declarativa de la concurrencia del delito del que haya sido víctima el extranjero interesado; informe médico expedido por la autoridad sanitaria correspondiente en relación con la enfermedad sobrevenida cuyo padecimiento se alegue; o acreditación de la existencia peligro para su seguridad o la de su familia derivado del traslado al país de origen o procedencia a efectos de solicitar el correspondiente visado).
Menores tutelados que al llegar a la mayoría de edad no obtuvieron autorización de residencia:
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o procedencia, en su caso.
- Documentación que acredite haber estado tutelado.
- Documentos que acrediten haber participado adecuadamente en las acciones formativas y actividades de la entidad.
- Recomendación de concesión de la autorización por parte de la entidad de protección de menores, en su caso.
Renovación de autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales:
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Documentación acreditativa de que permanecen las razones que motivaron su concesión inicial.
Autorización de residencia permanente:
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Documentación acreditativa de estar en alguno de los siguientes supuestos de acceso: haber residido legalmente en España durante 5 años; ser beneficiario de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez; haber nacido en España y haber residido 3 años antes de la solicitud; haber sido español de origen; haber estado, al llegar a la mayoría de edad, bajo la tutela de una entidad pública española de forma consecutiva durante los cinco años inmediatamente anteriores; ser apátrida o refugiado; haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España o a la proyección de España en el exterior.
Modelo de solicitud requerida
En todos los casos se presentará solicitud de residencia en modelo oficial (EX 00), original y copia:
http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/modelos_extranje/ex_00.pdf
Lugares donde obtener la correspondiente autorización de Residencia:
De residencia temporal inicial y autorización de residencia permanente cuando no se encuentren en territorio español: se presentará personalmente en la misión diplomática u oficina consular española en país de residencia.
De residencia por circunstancias excepcionales: se presentarán personalmente ante el órgano competente (Oficinas de Extranjeros, o en Comisarías de Policía o Áreas o Dependencias de Trabajo e Inmigración).
Renovación de autorización de residencia, residencia por circunstancias excepcionales y residencia permanente cuando se encuentren en territorio español: se presentarán en cualquier registro público, personalmente o a través de representación.
Fuente: Ministerio del Interior, Gobierno de España
Otros tipos de autorización de residencia
Reagrupación familiar
Usted puede reagrupar en España a su cónyuge, sus hijos y los de su cónyuge, incluidos los adoptados menores de dieciocho años o que estén incapacitados, sus ascendientes y los de su cónyuge cuando estén a su cargo y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España.
Podrá solicitar la reagrupación familiar cuando haya residido en España legalmente un año y solicitada la autorización para residir, por al menos otro.
Sus familiares deberán entrar provistos de su correspondiente visado de residencia para reagrupación familiar.
Documentación necesaria para la solicitud autorización de residencia por reagrupación familiar o renovación de autorización:
Supuesto de solicitud inicial:
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Copia del pasaporte completo en vigor del familiar a reagrupar.
- Documentación acreditativa de los vínculos familiares.
- Documentación acreditativa de la edad y dependencia legal y económica, en su caso.
- Autorización de residencia o residencia y trabajo ya renovada, o conjuntamente de la primera autorización y del resguardo de solicitud de renovación del reagrupante.
- Documentación acreditativa de empleo y/o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
- Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria, en el supuesto de no estar cubierta por la Seguridad Social.
- Informe expedido por la Corporación Local acreditativo de disponibilidad de vivienda adecuada (pudiendo ser sustituido por acta notarial mixta en caso de haber transcurrido 15 días desde su solicitud sin haber sido emitido, acompañado de la solicitud de dicho informe).
- Declaración jurada del reagrupante de no residir con él en España otro cónyuge, en su caso.
- Solicitud/es de autorización de residencia temporal en virtud de reagrupación familiar que se presenten simultáneamente o/y ya presentadas que se encuentren en trámite, en su caso.
- En caso de hijos reagrupados por un solo progenitor: documentación debidamente traducida y legalizada acreditativa de ejercer en solitario la patria potestad, tener otorgada la custodia o autorización expresa y fehaciente del otro progenitor.
- En caso de reagrupación de ascendientes: escrito explicativo de las razones que justifican la necesidad de autorizar su residencia en España y de que están a su cargo, acompañando la documentación que las justifique.
Supuesto de renovación:
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Autorización de residencia del reagrupado que se pretende renovar.
- Autorización de residencia o residencia y trabajo del reagrupante.
- Documentación acreditativa de empleo y/o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
- Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria, en el supuesto de no estar cubierta por la Seguridad Social.
Modelo de solicitud requerida
En los dos supuestos se presentará solicitud de autorización de residencia en virtud de reagrupación familiar en modelo oficial (EX 07), original y copia:
http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/modelos_extranje/ex_07.pdf
Lugares donde obtener la correspondiente autorización de Residencia:
Autorización inicial: se presentará personalmente por el reagrupante en el registro de los órganos administrativos a que se dirijan (Oficinas de Extranjeros, en su defecto Áreas o Dependencias de Trabajo e Inmigración).
Renovaciones de las autorizaciones de familiares reagrupados: se presentarán y tramitarán conjuntamente con la del reagrupante, salvo causa que lo justifique, en cualquier registro público, personalmente o a través de representación.
Fuente: Ministerio del Interior, Gobierno de España |